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Funciones y Procedimientos Minimizar
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4. REGLAMENTO

El funcionamiento del Comité Asesor de Planeamiento de la Transmisión se basará en las siguientes reglas:

4.1 Citaciones

El Secretario convocará por escrito a las reuniones a los miembros del Comité, preparando con anterioridad el correspondiente orden del día y la documentación relacionada con los asuntos que se tratarán en la misma. Las reuniones ordinarias del Comité serán convocadas como mínimo con una semana de anticipación.

4.2 Presidencia

La Presidencia del Comité Asesor de Planeamiento de la Transmisión será ejercida por uno de los miembros del Comité y se elegirá por votación, con la mitad más uno de los votos de los miembros presentes.

El período del Presidente será de un año y no podrá ser reelegido en el período inmediatamente siguiente.

Las funciones del Presidente serán las siguientes:

  • Coordinar con el Secretario del Comité las reuniones y la agenda de las mismas.
  • Velar por el cumplimiento de las funciones por parte del Comité y por la coordinación y cumplimiento del programa de trabajo que se establezca.
  • Presidir y moderar las reuniones.
  • Representar al Comité cuando se requiera.
  • Suscribir las actas del Comité y las comunicaciones que el Comité emita.

En el evento que el Presidente no asista a una reunión, el Comité elegirá un Presidente ad-hoc.

4.3 Secretaría Técnica

El director de la UPME, o quien este delegue en su reemplazo, actuará como Secretario del Comité Asesor de Planeamiento de la Transmisión, el cual contará con las siguientes funciones:

  • Citar y coordinar las reuniones del Comité en conjunto con la Presidencia del mismo.
  • Elaborar, proponer y realizar el seguimiento al plan de trabajo acordado.
  • Elaborar las actas de las reuniones y someterlas a la aprobación del Comité y a la firma del Presidente.
  • Firmar las actas.
  • Mantener informados a los agentes.

4.4 Representación

Cada Empresa que haga parte del Comité debe nombrar un (1) delegado principal y un (1) delegado suplente. El delegado principal o el suplente debe cumplir con las funciones de representante de la Empresa. El representante de una Empresa no puede ser un funcionario de otra Empresa.

Únicamente asistirán a las sesiones del Comité los representantes de las Empresas y los invitados definidos en el numeral 4.5.

Por parte de la UPME asistirá al Comité el Director de la Unidad o quienes éste delegue en su reemplazo.

Los miembros del Comité deben confirmar su asistencia a más tardar dos días antes de la reunión.

4.5 Invitados

Cada miembro del Comité podrá invitar a las reuniones hasta dos (2) asesores de su empresa quienes participarán en calidad de invitados y como tales tendrán voz pero no voto.

Si para efectos del desarrollo del orden del día se hace necesaria la presencia de personas o empresas no miembros del Comité, estas podrán ser invitadas por el Comité o por las empresas miembros, a través de la Secretaría Técnica, y actuarán como invitados, con voz pero sin voto.

 

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